Fuente: FEPEX 22 Diciembre 2016

Disparidad entre los hechos y el derecho tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre la aplicación del Acuerdo de Asociación con Marruecos en el Sahara

El Tribunal de Justicia de la UE sentenció, ayer, que el Acuerdo de Asociación de la UE con Marruecos no es aplicable en el Sahara Occidental, lo que para FEPEX supone una disparidad entre el contenido de la sentencia y los hechos, puesto que las producciones hortofrutícolas del Sahara se están exportando a la UE como procedentes del Reino de Marruecos, aplicándoseles las ventajas del Acuerdo de Asociación.

Según la sentencia, emitida ayer por el Tribunal de Justicia de la UE, el Acuerdo de Asociación de la UE con Marruecos no es aplicable al Sahara Occidental porque este territorio debe considerarse un tercero. Establece que “cuando un tratado está destinado a aplicarse no sólo en territorio soberano de un Estado, sino también más allá de él, este tratado debe preverlo expresamente” y el Acuerdo de Asociación de la UE con Marruecos no lo prevé.  De esta forma, el Tribunal de Justicia de la UE avala el Acuerdo de Asociación de UE con Marruecos, firmado en 2012, porque no se aplica al Sáhara.

Para FEPEX, si el Acuerdo de Asociación no es de aplicación al territorio del Sahara, los beneficios concedidos a Marruecos para su exportación de frutas y hortalizas a la UE, establecidos en el Protocolo I del Acuerdo de Asociación, no deberían ser aplicables a los productos originarios de este territorio. Por tanto, FEPEX considera que habría que diferenciar las producciones hortofrutícolas procedentes de territorio de Marruecos y del territorio del Sahara, donde en los últimos años han crecido fuertemente, siendo además, coincidentes con el calendario español y   compitiendo directamente con las producciones españolas, tanto en el mercado comunitario como en el mercado español.

La importación comunitaria de frutas y hortalizas frescas marroquíes ha registrado un fuerte crecimiento en los últimos años, impulsada porque en Marruecos no se aplican los requisitos exigidos a los productores comunitarios en múltiples ámbitos, desde el medioambiental al social. La importación ha pasado de 796 millones de euros en 2012 a 1.263 millones de euros en 2015, según datos de Eurostat, procesados por FEPEX. En 2016 y según los últimos datos actualizados hasta el mes de septiembre, la importación comunitaria de frutas y hortalizas frescas marroquíes se elevó a 1.032 millones de euros, un 12% más que en el mismo periodo de 2015.

En el mercado español, las ventas de frutas y hortalizas frescas marroquíes están siguiendo un fuerte crecimiento. En 2015 ascendieron a 353 millones de euros, con un crecimiento del 41% con relación a 2014 y en 2016 y hasta el mes de septiembre han totalizado 324 millones de euros, un 20% más que en el  mismo periodo de 2015. Cabe destacar el fuerte crecimiento de la importación española procedente de Marruecos de productos como tomate, pimiento, judía verde, melón, cítricos o fresa.