Fuente: FEPEX 19 Marzo 2020

Agricultura aclara dudas sobre la aplicación del estado de alarma en el sector agrícola y confirma que el suministro de insumos es prioritario para asegurar la producción

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido una nota informativa sobre la aplicación del Real Decreto sobre el estado de alarma en el sector agrícola con el fin de resolver algunas de las dudas planteadas por el sector, y entre otros puntos aclara que los insumos: fertilizantes, productos fitosanitarios, semillas y plantones…, son prioritarios para asegurar la producción primaria y el suministro alimentario por lo que se facilita su venta, tal y como habían reclamado distintas asociaciones sectoriales.

Agricultura explica que la actividad agrícola, ganadera, acuícola o pesquera precisa del empleo de insumos para su correcto desempeño, como son la utilización de fertilizantes, productos fitosanitarios, semillas y plantones, productos veterinarios, piensos, sal, hielo, pertrechos, etcétera. Para ello, la actividad del comercio detallista que suministra este tipo de insumos tiene continuidad, ya que son actividades imprescindibles para asegurar la producción primaria y, con ello, el suministro alimentario a la ciudadanía. En ocasiones, este comercio detallista lo prestan las propias cooperativas agrarias, cofradías de pescadores, lonjas o puertos que deberá poder seguir prestando este servicio. También en ocasiones, estos productos se venden en establecimientos que comercializan otro tipo de productos. En este caso, la actividad se limitará a la necesaria para la venta de insumos a los agricultores, ganaderos, acuicultores y pescadores.

 En su nota, Agricultura reitera que la producción agrícola, ganadera y acuícola, así como la actividad pesquera, la transformación de productos agrarios y pesqueros, los centros o clínicas veterinarias, el transporte y la distribución de alimentos, así como su comercialización a través de la venta minorista al consumidor, forman la cadena de abastecimiento alimentario cuya actividad debe garantizarse en la situación de estado de alarma. Esto implica que debe mantenerse no solo la actividad de las empresas agroalimentarias en su conjunto, incluidas las explotaciones agrícolas, ganaderas, acuícolas y la actividad pesquera, sino también la de las empresas que, a su vez, les suministran los insumos necesarios para su funcionamiento.

 El Ministerio explica, además, que en el caso de agricultores, ganaderos, acuicultores y pescadores deben poder seguir realizando las labores necesarias para garantizar el mantenimiento de actividad. En todo caso, para prevenir y contener la expansión del virus, las labores cuya realización no sea imprescindible llevar a cabo durante la duración del período del estado de alarma, deben limitarse o suspenderse, como por ejemplo, labores accesorias de mantenimiento.

FEPEX valora que Agricultura despeje algunas de las dudas existentes con relación a la aplicación del Real Decreto sobre el Estado de alarma en el sector primario, porque facilitará el mantenimiento de la actividad productiva y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción. Valora también que se reitere la importancia de “mantener la actividad de las empresas agroalimentarias en su conjunto, incluidas las explotaciones agrícolas”, solicitando su apoyo en la resolución de las cuestiones que esta situación excepcional seguirá planteando en las próximas semanas y que abarcan múltiples ámbitos.