Fuente: FEPEX 16 Julio 2026

Publicado el Reglamento que modifica tres requisitos para la presentación de programas de promoción agroalimentaria

El Diario Oficial de la Union Europea ha publicado el Reglamento de Ejecución UE) 2026/1700 de la CE de 14 de julio por el que se modifican tres de los requisitos recogidos en los reglamentos que regulan las acciones de información y de promoción relativas a productos agrícolas en el mercado interior y en terceros países. Los cambios se refieren a la celebración de contratos, el pago de anticipos y las obligaciones de notificación.

Los principales cambios que incluye el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1700 de la CE de 14 de julio, publicado, ayer, en el Diario Oficial de la UE son tres:

 1. Más tiempo para celebrar contratos: Cada año la CE, sobre el mes de octubre, decide qué programas de promoción obtendrán financiación comunitaria, de entre todos los que han sido presentado por entidades ya asociaciones de los 27 EEMM. Posteriormente las entidades beneficiarias tienen que firman contratos con los Estados miembros. La Comisión considera que el plazo existente para firmar los contratos entre los Estados miembros y las entidades beneficiarias resultaba insuficiente, especialmente debido al procedimiento de selección de los organismos de ejecución. Por ello, se amplía el margen para la celebración de estos contratos, facilitando el inicio de los programas sin incumplimientos administrativos. En concreto el plazo se amplía de 90 a 180 días, lo que da a los Estados miembros y a los beneficiarios más tiempo para completar los procedimientos necesarios.

 2. Simplificación de los anticipos y prefinanciación más elevada. El reglamento modifica las normas relativas a los pagos anticipados, con el fin de hacerlos más operativos. Según recoge el Reglamento, la experiencia práctica había mostrado que algunos requisitos relacionados con las garantías financieras que se exigen a las entidades beneficiaras eran excesivamente complejos en relación con el riesgo real de los programas. Por ello, se flexibilizan determinados aspectos vinculados a los anticipos y a las garantías exigidas y el porcentaje máximo de prefinanciación aumenta hasta el 30 %.

 3.  Menos requisitos de información: las obligaciones de notificación a la Comisión sobre el impacto de los programas simples se reducen a una notificación final.

 El Reglamento entrará en vigor el 22 de julio y las nuevas normas se aplicarán a partir de esa fecha, aunque no se verán afectados los programas que se aprueben ese año; es decir, los contratos para la ejecución de programas simples celebrados antes del 1 de diciembre de 2026, para no dificultar la práctica actual.

Estas modificaciones tienen como objetivo, según explica el propio Reglamento, la simplificación de la gestión administrativa de los programas de promoción agroalimentaria regulados por el Reglamento (UE) 1144/2014, que es la normativa base que recoge los requisitos para la presentación a la Comisión Europea de programas de promoción agroalimentaria que quieren obtener cofinanción comunitaria.

No obstante, la Comisión Europea inicio un proceso de evaluación del sistema de promoción de productos agrícolas hace muchos años, con la presentación de una hoja de ruta en 2018, según FEPEX. En este marco de reforma se han desarrollado distintas acciones, como una encuesta publica en 2019 y una consulta pública en 2020. En el año 2021 se publicó un informe de evaluación titulado” Evaluación de la política de promoción agrícola de la UE en los mercados internos y de terceros países” y posteriormente se abrió una nueva consulta pública que concluyó el 23 de junio de 2021, entre los principales hitos que han tenido lugar en este proceso de reforma.

La política de promoción de la Comisión Europea en el mercado interior y en terceros países, basada principalmente en cofinanciar programas de promoción trianuales y misiones comerciales a estos países es, para FEPEX, un importante instrumento de apoyo para la agricultura comunitaria.