Fuente: FEPEX 21 Diciembre 2022

Publicado el Real Decreto que desarrolla el Registro de Contratos Alimentarios estableciendo un periodo transitorio hasta el 30 de junio de 2023

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy el Real Decreto que aprobó el Consejo de ministros de ayer que desarrolla el Registro de Contratos alimentarios de carácter digital, en el que se deberán inscribir, con carácter obligatorio, los contratos que se suscriban con los productores primarios y sus agrupaciones, en cumplimiento de la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. La inscripción será opcional desde el 31 de enero de 2023 y tendrá carácter obligatorio desde el 30 de junio.

El real decreto 1028/2022 aclara quienes son los sujetos obligados a la inscripción de los contratos alimentarios que, según la Ley de la cadena, corresponde a los compradores que formalicen los contratos con los productores primarios y sus agrupaciones, debiendo inscribirse también las modificaciones, anexos e información complementaria de dichos contratos.

El incumplimiento de esta obligación constituye una infracción prevista en el régimen sancionador establecido en la Ley 12/2013 pudiendo ser leve, grave o muy grave por reincidencia.

El registro dependerá orgánicamente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y estará adscrito a la Agencia de Información y Control Alimentarios. El acceso se realizará a través de la página web de AICA (www.aica.gob.es) desde el enlace que se habilitará para su acceso cuando el real decreto entre en vigor, al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, a partir de mañana 22 de diciembre.

Para FEPEX, la inscripción en el Registro de Contratos Alimentarios supone una obligación documental adicional para los operadores que trabajan con los productores nacionales y sus agrupaciones, ya sean cooperativas, sociedades agrarias de transformación u organizaciones de productores reconocidas de acuerdo con la OCM.