Fuente: FEPEX 20 Noviembre 2025

El MAPA retrasa hasta 2027 la obligación del registro electrónico de productos fitosanitarios

FEPEX valora de forma positiva la decisión anunciada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de ampliar hasta el 1 de enero de 2027 la obligatoriedad de llevar el registro electrónico de productos fitosanitarios.

Esta ampliación del plazo responde a la posibilidad abierta por el reciente Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2203, que pospone la entrada en vigor del registro electrónico y habilita a los Estados miembros a extender los plazos de transición al formato electrónico. En España se ha aplicado a través del Real Decreto 1039/2025, publicado hoy en el BOE, y que, entre otras modificaciones, establece en su disposición final primera una modificación del artículo 16 del Real Decreto 1311/2012 permitiendo a los operadores profesionales mantener la información obrante en el registro de tratamientos fitosanitarios en soporte papel hasta el 31 de diciembre de 2026.

Esta flexibilización permitirá que las explotaciones agrarias dispongan de un año adicional para adaptarse al sistema digital, favoreciendo una implantación más gradual. La medida beneficiará especialmente a las pequeñas explotaciones, que contarán con más tiempo y recursos para afrontar el proceso de digitalización.