Fuente: FEPEX 1 Marzo 2019

Reunión informativa de Aduanas, Sanidad, Agricultura y Comercio sobre el Brexit y las implicaciones del no acuerdo

El Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria convocó, ayer, en Madrid, una reunión informativa sobre el Brexit, en la que también intervinieron responsables de los ministerios de Agricultura, Sanidad y Comercio con responsabilidades de control en frontera, con el fin de informar a los sectores exportadores los requisitos aduaneros necesarios en caso de una salida de Reino Unido de la UE sin acuerdo.

Desde el punto de vista aduanero, la salida de Reino Unido de la Unión Europea sin acuerdo, supone, entre otras cuestiones, que los flujos de mercancías entre España y Reino Unido dejarán de tener la consideración de operaciones intracomunitarias para pasar a estar sujetos a formalidades aduaneras.

Dichas formalidades, que fueron objeto de análisis en la reunión mantenida ayer, en la que intervino FEPEX, incluyen la presentación de una declaración aduanera de importación/exportación para cada envío, la realización de controles aduaneros, el pago de derechos arancelarios y otros gravámenes que se devenguen a la introducción o la necesidad de obtener certificaciones sanitarias, fitosanitarias, de calidad u otro tipo de requisitos, según  el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria.

Por estos motivos, los responsables de Aduanas expusieron  que el Brexit sin acuerdo tendrá un efecto significativo en cualquier empresa que exporte a Reino Unido, tanto en la organización y/o en los flujos logísticos, urgiendo a las empresas a que evalúen dicho impacto y adelanten, en la medida de lo posible, las transacciones necesarias,  urgencia que también transmitió la Comisión Europea en su última campaña de comunicación del 18 de febrero, en la que especificaba que “el riesgo de un Brexit sin acuerdo aumenta a medidas que nos acercamos al 29 de marzo”, publicando una lista de pasos a seguir para los operadores.

Aduanas recomienda, además, que en función del tipo y volumen de tráfico puede resultar conveniente optar por alguno de los procedimientos simplificados de declaración previstos en la normativa aduanera.   Recomienda también a todos los operadores económicos que se identifiquen a afectos aduaneros con un número de registro e identificación (número EORI) valido en toda la UE. Por tanto, si la empresa no dispone de este número debe solicitarlo a la AEAT.

La reunión estuvo presidida por la directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, Maria Pilar Jurado Borrego, y el director general de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Valentín Almansa.